Condiciones de higiene, construcción y economía que se han de exigir a las edificaciones para ser consideradas como casas higiénicas de viviendas baratas, y tener derecho a las concesiones acordadas por el Excmo. Ayuntamiento y la Junta Municipal en sesiones de 8 y 30 de abril de 1910, y sancionadas por el Excmo. Sr. Gobernador en 4 de abril de 1911