Real Cédula de S. M. y Señores del Consejo, por la qual se manda que los alumnos de las Universidades, Seminarios Conciliares, y demas Colegios, no puedan pasar á contraer esponsales sin que ademas de asenso paterno prevenido en la Real Pragmatica, que se cita, tengan licencia de los Superiores que se refieren con los demas que se expresa


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